Generar Bono Ley 1764 - Art 5 -
¡Importante!
Recuerde que al generar un Bono el monto, Matriculado y los autos son obligatorios. Asimismo, al generarlo se vinculará automáticamente a la cuenta corriente del Matriculado.
Podrá consultar el estado del bono a través de la web oficial del CAYPN - Gestión o a través del código QR del bono generado.
Matriculadas/os de otras jurisdicciones pueden utilizar la matrícula: 999999
- El Sistema emite una boleta única con el detalle de los conceptos a pagar. Se generará un archivo en formato .PDF con tres copias, una para presentar en el expediente, otra para el contribuyente y la última para el ente recaudador. Dicho archivo se podrá imprimir inmediatamente o descargar para su posterior impresión.
- Los comprobantes emitidos NO tendrán validez SIN la correspondiente confirmación de pago.
- Los comprobantes emitidos tendrán un mes de vencimiento para ser utilizados, siempre que su importe cumpla con el valor establecido por la Ley 1764-Art 5- al momento de su PAGO.
- No serán aceptados al momento del pago los comprobantes poco legibles, tachados o con adicionales agregados a mano.
- Se recomienda utilizar impresoras laser para su impresión. Los comprobantes emitidos por este sitio podrán abonarse tanto en la CAJA de cobros del CAYPN como en la sucursal bancaria.