Generar Bono Ley 1764 - Art 5 -
¡Importante!
Recuerde que al generar un Bono el monto, Matriculado y los autos son obligatorios. Asimismo, al generarlo se vinculará automáticamente a la cuenta corriente del Matriculado.
Podrá consultar el estado del bono a través de la web oficial del CAYPN - Gestión o a través del código QR del bono generado.
- El Sistema emite una boleta única con el detalle de los conceptos a pagar. Se generará un archivo en formato .PDF con tres copias, una para presentar en el expediente, otra para el contribuyente y la última para el ente recaudador. Dicho archivo se podrá imprimir inmediatamente o descargar para su posterior impresión.
- Los comprobantes emitidos NO tendrán validez SIN la correspondiente confirmación de pago.
- Los comprobantes emitidos tendrán un mes de vencimiento para ser utilizados, siempre que su importe cumpla con el valor establecido por la Ley 1764-Art 5- al momento de su PAGO.
- No serán aceptados al momento del pago los comprobantes poco legibles, tachados o con adicionales agregados a mano.
- Se recomienda utilizar impresoras laser para su impresión. Los comprobantes emitidos por este sitio podrán abonarse tanto en la CAJA de cobros del CAYPN como en la sucursal bancaria.
¡Atención!
Recuerde que la generación de bonos/contribuciones solo es para Juzgados radicados en la ciudad de Neuquén o Rincón de los Sauces.